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Modificado el Reglamento de Funcionamiento de la Inspección de Trabajo 12/2/2010

APROBADO EL R.D. POR EL QUE SE MODIFICA EL FUNCIONAMIENTO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL


El Consejo de Ministros ha aprobado los Reales Decretos por los que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Reglamento General para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social.

Estas nuevas normas cumplen el objetivo de adaptar la citada normativa reglamentaria a la Directiva europea sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En este sentido, y en relación al Reglamento de funcionamiento de la Inspección, se introducen las siguientes modificaciones:

- Se establece la posibilidad de valoración por el Inspector actuante como medio de prueba de datos o antecedentes que le suministren otras Administraciones Públicas de la Unión Europea.

- Se interrumpirán los plazos de caducidad por imposibilidad de obtener información debido a dificultades en la cooperación administrativa internacional

- Se atribuye a la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la competencia exclusiva en cuanto a funciones de colaboración y asistencia administrativa en la Unión Europea en asuntos relacionados con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Por otra parte, respecto al Reglamento de imposición de sanciones, se introducen una serie de modificaciones con la finalidad e interrumpir los plazos de caducidad por imposibilidad de obtener información debido a dificultades en la cooperación administrativa internacional, así como de asegurar la colaboración y la cooperación entre autoridades con competencia para iniciar procedimientos sancionadores en los distintos Estados miembros, mediante la comunicación de hechos que pueden dar lugar a sanciones por otros Estados miembros.

Fuente: Lex Nova